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Ha transcurrido mas de un siglo y medio desde la Fundación del Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife, cuando un grupo de Letrados cuya actividad se proyectaba en las más diversas direcciones aunó ilusión y esfuerzo para crear esta ilustre casa. El 2 de julio de 1837, las Cortes aprueban el proyecto de Estatutos para el régimen de los Colegios de Abogados del Reino. Nueve días después, el Real Decreto que contenía el cuerpo estatutario, se eleva a la Reina Gobernadora para su preceptiva sanción. La regia aprobación disponía que se hicieran llegar dos ejemplares de los Estatutos a los Decanos de los colegios existentes y a los abogados más antiguos de los pueblos y ciudades donde, debiendo instalarse los colegios, no los hubiese, para que, reunidos bajo su presidencia todos los abogados del ámbito territorial asignado a cada corporación letrada, se procediera a la celebración de una junta general para su constitución y para "todo lo demás que debe tratarse en tales juntas" El Texto Estatutario que se adjuntaba venía precedido por un Real Decreto, fechado el 5 de mayo de 1838, en el que la Regente María Cristina de Borbón, manifestaba a D. Francisco de Paula Castro, Ministro de Gracia y Justicia, que "En conformidad con lo tratado por las Cortes el 2 de Julio último, y movida por las razones que me habéis expuesto, vengo, como Reyna Gobernadora, a nombre de mi excelsa Hija, la Reyna Doña Isabel II en decretar que se guarden y observen los siguientes estatutos para el régimen de los Colegios de Abogados". El Ministerio da inmediato cumplimiento al regio mandato, y, el 28 de mayo siguiente, mediante Orden Circular, cursa las atinentes instrucciones a los regentes de las Audiencias Dirección: Leoncio Rodríguez, 7-1º. Edificio El Cabo Población: Stª Cruz de Tenerife C.P.: 38003 Teléfono: 922205075 Fax: 922222961 E-Mail: info@icatf.es Web: Colegio de abogados de Sta.Cruz de Tenerife
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