Usuario - - Acceso de Usuarios
Martes - 22.Mayo.2012

Despachos de abogados y colegios de abogacía
Nuestro directorio
Colegio de abogados de España Colegios abogados
Colegios de procuradores en España Colegios procuradores
Consejos autonomicos de procuradores Consejos de procuradores
abogados en España Abogados
Galicia Castilla-Leon
Abogados en Galicia Galicia
Abogados de Extremadura Extremadura
Andalucia Andalucia
Murcia Murcia
Comunidad Valenciana Madrid
Castilla-La Mancha Castilla-La Mancha
Cataluña Cataluña
Cantabria Cantabria
Pais Vasco Pais Vasco
Aragon Aragon
Asturias Asturias
Navarra Navarra
Abogados de la comunidad Valenciana Comunidad Valenciana
Abogados de Ceuta Ceuta
Abogados en Melilla Melilla
Abogados de La Rioja La Rioja
Abogados en Islas Baleares Baleares
Abogados en Islas Canarias Canarias
Legislacion española
Legislacion y derecho administrativo Derecho administrativo
Legislacion y derecho informatico Derecho informatico
Legislacion española y derecho penal Derecho Penal
Legislacion española y derecho civil Derecho civil
Legislacion, derecho civil y derecho de familia Derecho de familia
Legislacion, derecho civil y derecho hipotecario Derecho hipotecario
Legislacion, derecho civil y derecho notarial Derecho notarial
Legislacion, derecho civil y derechos reales Derechos reales
Legislacion, derecho civil y propiedad horizontal Propiedad horizontal
Legislacion, derecho civil y registro civil Registro civil
Legislacion, derecho civil y derecho de sucesiones Derecho de sucesiones
Legislacion, derecho civil y derecho inmobiliario Derecho inmobiliario
Legislacion, derecho civil y registro de la propiedad Registro de la propiedad
Legislacion y derecho internacional Derecho internacional
Legislacion española y derecho procesal Derecho procesal
Legislacion española y derecho comunitario Derecho comunitario
Legislacion española y derecho laboral Derecho laboral
Legislacion y derecho tributario Derecho tributario
Legislacion española y derecho constitucional Derecho constitucional
Legislacion española y derecho mercantil Derecho mercantil
Universidades
Preguntas frecuentes
Diccionario juridico
Proveedores
Noticias
Publicidad para Abogados

CSOrtega Seguro Carnet

Ley de modificación de determinados artículos de los del Código Civil y de Comercio y de las Leyes H

ver las estadisticas del contenido recomendar  contenido a un amigo

Título: LEY 6/1984, de 31 de marzo, de modificación de determinados artículos de los del Código Civil y de Comercio y de las Leyes Hipotecarias, de Enjuiciamiento Criminal y de Régimen Jurídico de la Sociedades Anónimas sobre interdicción.
Nº de Disposición: 6/1984
Fecha Disposición: 31/3/1984
Órgano Emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Número BOE:  80/1984
Fecha Publicación: 3/4/1984 
 


JUAN CARLOS I,REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y yo vengo en sancionar la
siguiente Ley:
Artículo primero.
Las disposiciones del Código Civil que a continuación se expresan quedan
suprimidas o modificadas en los siguientes términos
1. Artículo 681.-En su número sexto, se suprime la expresión: <... y los que
estén sufriendo pena de interdicción civil.>
2. Artículo 853.-Se suprime la causa 4
3. Artículo 1.700.-Su apartado 3 queda así redactado: <Por la muerte o
insolvencia de cualquiera de los socios, y en el caso previsto en el artículo 1.
699.>
4. Artículo 1.732.-Su apartado 3 queda así redactado: <Por muerte, quiebra o
insolvencia del mandante o mandatario.>
Artículo segundo.
Queda suprimido el apartado 1 del artículo 13 del Código de Comercio.
Artículo tercero.
Queda suprimido el artículo 995 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Artículo cuarto.
El artículo 82 de la Ley de Régimen Jurídico de las Sociedades Anónimas quedará
redactado de la siguiente forma:
<No pueden ser administradores los quebrados y concursados no rehabilitados, los
menores e incapacitados, los condenados a penas que lleven aneja la
inhabilitación para el ejercicio de cargo público, los que hubieran sido
condenados por grave incumplimiento de leyes o disposiciones sociales y aquéllos
que por razón de su cargo no puedan ejercer el comercio. Tampoco podrán ser
administradores de las Sociedades los funcionarios al servicio de la
Administración con funciones a su cargo qué se relacionen con las actividades
propias de la Sociedad de que se trate.>
Artículo quinto.
El número 4 del artículo 2 de la Ley Hipotecaria quedará redactado en la
siguiente forma:
4 Las resoluciones judiciales en que se declare la incapacidad legal para
administrar la ausencia, el fallecimiento y cualesquiera otras por las que se
modifique la capacidad civil de las personas en cuanto a la libre disposición de
sus bienes.> Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares,y autoridades que guarden y hagan
guardar esta Ley.
Palacio de la Zarzuela, Madrid, 31 de marzo de 1984.-Juan Carlos Rey de Espa&#241;a-El
Presidente del Gobierno, Felipe González Márquez.

Vota:
Resultado:
(0 votos: promedio 0 sobre 5)
06/04/2006 ir arriba
COMENTARIOS
Añadir nuevo comentario como [conectarse]
0 Caracteres escritos / Restan 400
Esta web no se hace responsable de los comentarios escritos por los usuarios. El usuario es responsable y titular de las opiniones vertidas. Si encuentra algún contenido erróneo u ofensivo, por favor, comuníquenoslo mediante el formulario de contacto para que podamos subsanarlo.
ir arriba

prestamos hipotecas
Nube de etiquetas
despachos de abogados en Zaragoza Abogados en Coruña Abogados en Santiago de Compostela Abogados en Logrono Abogados en Ourense Abogados en Zaragoza Abogados en Barcelona abogados en Lleida Abogados en Leon Abogados en Gijon Abogados en Valladolid Abogados en Bilbao Abogados en Alicante Abogados en Albacete Abogados en Pontevedra Abogados en Girona Abogados en Malaga Abogados en Sevilla abogados en Cadiz abogados en huelva abogados en Pamplona Abogados en Badajoz Abogados en Ciudad Real Abogados en Valencia abogados en Avila Abogados en Oviedo abogados en Castellon Abogados en Santa Cruz de Tenerife Abogados en Marbella Abogados en Santander Abogados en Elche Abogados en San Sebastian Abogados en Alcala de Henares Abogados en Palma de Mallorca Abogados Eivissa Abogados en Ibiza Abogados en Menorca Abogados en Tarragona Abogados en Avilés abogados en Las Palmas de Gran Canaria Abogados en Alava Abogados en Vitoria Gasteiz Abogados en Zamora abogados en Cáceres Abogados en Salamanca Abogados en La Coruña abogados en Cuenca Abogados en Benidorm Abogados en Guadalajara Abogados en Iruña
Lo + visto
¿Cómo se puede realizar una Declaración de Herederos?
¿Qué documentos son necesarios para solicitar el divorcio?
¿Cuáles son las características principales de la adopción?
Cita previa Dni electrónico
Ley de Arrendamientos Urbanos
Ley sobre tráfico de circulación de vehículos a motor y seguridad vial
Colegio de Abogados de Toledo
Novedades
Delvy Asesores Legales
IGNACIO MONREAL FERNANDEZ ABOGADO
MARINA GARCIA
ABOGADO JUAN FLAQUER
JAVIERSANCHEZABOGADOS
DESPACHO DE ABOGADOS
Despacho de abogados - Canarias - Bufete Belda - Cristina Belda Bilbao - Alfredo Belda Quintana
v01.99:0.14
GestionMax
novedades   contacto   política privacidad   buscador   mapa web   

Produce ilatina software, s.l. - NIF.B-24.284.622 - Desarrolla Productos web, s.l. - posicionamiento en buscadores
Ilatina Softwares S.L. - adelgazar-dietas.es/