|
Título: REAL DECRETO 2057/1982, DE 27 DE AGOSTO, DE DISOLUCION DE LAS CORTES GENERALES Y FIJACION DE LA FECHA DE LAS ELECCIONES. Nº de Disposición: 2057/1982 Fecha Disposición: 27/8/1982 Órgano Emisor: JEFATURA DEL ESTADO Número BOE: 207/1982 Fecha Publicación: 30/8/1982 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo ciento quince de la Constitución, a propuesta del Presidente del Gobierno y previa deliberación delConsejo de Ministros en su reunión del día veintisiete de agosto de milnovecientos ochenta y dos, dispongo:Artículo primero. Quedan disueltas las Cortes Generales elegidas el día uno demarzo de mil novecientos setenta y nueve Artículo segundo.- Se convocan elecciones al Congreso de los Diputados y alSenado, que se celebrarán el día veintiocho de octubre de mil novecientosochenta y dos. El número de escaños u cubrir en unas Cámaras sera el que sedetermina en los números tres y cuatro del artículo diecinueve del RealDecreto-ley veinte/mil novecientos setenta y siete, de dieciocho de marzo, salvolo dispuesto, en cuanto al Senado, en el artículo sesenta y nueve coma tres dela Constitución Artículo tercero.- Las elecciones que por el presente Real Decreto se convocanse regirán por el Real Decreto-ley veinte/mil novecientos setenta y siete, dedieciocho de marzo, sobre normas electorales, con la aplicación directa de loprevisto en el inciso segundo de la letra b) del apartado uno del artículosetenta de la Constitución DISPOSICION FINALEl presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicaciónen el <Boletín Oficial del Estado>.,Dado en Palma de Mallorca u veintisiete de agosto de mil novecientos ochenta ydos.- Juan Carlos Rey de España- El Presidente del Gobierno, Leopoldo Calvo-Sotelo yBustelo
|