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El procurador, es quien comparece en el juicio en representacion de otro, se puede diferenciar entre entre representación legal, voluntaria y procesal. Según la actual Ley Orgánica del Poder Judicial. El procurador es el representante procesal Para ejercer de procurador es necesario, ser Licenciado en Derecho y obtener el título de Procurador, expedido por el Ministerio de Justicia. También es un requisito colegiarse donde se desee actuar y pagar la fianza que exigen los estatutos del colegio asi como prestar juramento o promesa ante el órgano que corresponda. Los Colegios son los garantes y defensores de la profesión, por ello, es obligatoria la inscripción de los Procuradores en el Colegio, los cuales, se rigen por una Junta de Gobierno presidida por un Decano. El órgano supremo de coordinación de los Colegios es el Consejo General, que junto con la Asamblea de Decanos, son los máximos órganos decisorios y rectores de los Procuradores en España. ¿Qué hacen los Procuradores? Seguir el proceso, realizando los tramites de cada paso y tener informados al cliente y a su abogado, poniendo en relacion al tribunal y el justiciable. ¿A que está obligado un procurador? A colaborar con los órganos jurisdiccionales en la Administración de la Justicia, defendiendo los intereses de sus representados.
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