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Existen diferentes modos de adquirir la nacionalidad española que pueden esquematizarse de la manera siguiente: Nacionalidad originaria. ¿Quiénes son españoles de origen?: (Art. 17 CC) Nacionalidad originaria es aquella que la persona adquiere desde el momento de su nacimiento. Son españoles de origen: * Los nacidos de padre o madre española. * Los nacidos en España cuando sean hijos de padres extranjeros si, al menos uno de los padres, ha nacido en España (se exceptúan los hijos de diplomáticos). * Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. * Los niños nacidos en España de los que se desconoce la identidad de los padres. Se presume como nacidos en España los menores cuyo primer lugar de estancia conocido sea España.
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