Aquella por la cual uno se compromete a entregar una cosa a otro, o a transmitirle un derecho. No se limita la obligación de dar a la simple entrega del objeto de la misma, sino que impone ciertas obligaciones complementarias de hacer y de no hacer; entre las primeras está la que el CC fija en su art. 1.094: "El obligado a dar una cosa lo está también a conservarla con la diligencia propia de un buen padre de familia"
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12/04/2006
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