Usuario - - Acceso de Usuarios
Miércoles - 08.Febrero.2012

Despachos de abogados y colegios de abogacía
Nuestro directorio
Colegio de abogados de España Colegios abogados
Colegios de procuradores en España Colegios procuradores
Consejos autonomicos de procuradores Consejos de procuradores
abogados en España Abogados
Galicia Castilla-Leon
Abogados en Galicia Galicia
Abogados de Extremadura Extremadura
Andalucia Andalucia
Murcia Murcia
Comunidad Valenciana Madrid
Castilla-La Mancha Castilla-La Mancha
Cataluña Cataluña
Cantabria Cantabria
Pais Vasco Pais Vasco
Aragon Aragon
Asturias Asturias
Navarra Navarra
Abogados de la comunidad Valenciana Comunidad Valenciana
Abogados de Ceuta Ceuta
Abogados en Melilla Melilla
Abogados de La Rioja La Rioja
Abogados en Islas Baleares Baleares
Abogados en Islas Canarias Canarias
Legislacion española
Legislacion y derecho administrativo Derecho administrativo
Legislacion y derecho informatico Derecho informatico
Legislacion española y derecho penal Derecho Penal
Legislacion española y derecho civil Derecho civil
Legislacion y derecho internacional Derecho internacional
Legislacion española y derecho procesal Derecho procesal
Legislacion española y derecho comunitario Derecho comunitario
Legislacion española y derecho laboral Derecho laboral
Legislacion y derecho tributario Derecho tributario
Legislacion española y derecho constitucional Derecho constitucional
Legislacion española y derecho mercantil Derecho mercantil
Universidades
Preguntas frecuentes
Arrendamientos urbanos Arrendamientos urbanos
Comunidades de propietarios Comunidades de propietarios
Crisis matrimoniales Crisis matrimoniales
Nacionalidad Nacionalidad
Proteccion juridica de menores Proteccion juridica de menores
Sucesiones Sucesiones
Diccionario juridico
Proveedores
Noticias
Publicidad para Abogados

¿Qué son las medidas definitivas? Art. 774 LEC

recomendar  contenido a un amigo

En el procedimiento de nulidad, separación o divorcio, los cónyuges, en el acto del juicio, deberán exponer los acuerdos a los que han llegado, en su caso, para regular las relaciones con posterioridad al proceso matrimonial. Este acuerdo versará sobre: Los hijos comunes sujetos a patria potestad: determinar a cargo de cuál de los cónyuges quedarán los hijos (procurando no separar a los hermanos), y la manera en que el otro cónyuge y los abuelos, en su caso, podrán visitarlos y cumplir con el deber de velar por ellos.Excepcionalmente los hijos podrán ser encomendados a los abuelos, parientes u otras personas que así lo consintieren, o incluso a una institución pública (más información). La vivienda familiar: determinar cuál de los cónyuges podrá seguir utilizándola, cuestión que es independiente de quién sea el propietario de la misma. En defecto de acuerdo entre los cónyuges, el Juez determinará que el uso de la vivienda familiar corresponderá a los hijos y al cónyuge en cuya compañía se queden. Si no hubiera hijos, el Juez asignará su uso al cónyuge que quede en peor situación económica. (art 96 CC) Las cargas del matrimonio (los gastos necesarios para el sostenimiento de la familia y el hogar conyugal): fijar la manera en que cada cónyuge deberá seguir contribuyendo a ellas y la manera en que se actualizarán esas cantidades. También se fijará la contribución de cada cónyuge a las “litisexpensas” (más información). La disolución del régimen económico. En la sentencia que declare la nulidad, separación o divorcio, el Juez deberá aprobar, en su caso, las medidas acordadas por los cónyuges, relativas a los aspectos antes reseñados, si las considera ajustadas a derecho (si no son dañosas para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges). Si el Juez sólo estima parte de las medidas acordadas por las partes, regulará en la sentencia las no aprobadas por el mismo, o la totalidad, si los cónyuges no hubieran llegado a un acuerdo o el Juez las hubiera desestimado en su totalidad. Las medidas reflejadas en la sentencia son las denominadas “Medidas Definitivas”.

ir arriba

prestamos hipotecas
Nube de etiquetas
Abogados en Logrono Abogados en Barcelona Abogados en Alicante Abogados en Pontevedra abogados en huelva Abogados en Valencia abogados en Avila Abogados en Oviedo abogados en Castellon LOPD Comercio Electrónico Propiedad Intelectual despachos de abogados en Zaragoza Despachos de abogados de Jaén Abogados en Medina del Campo Abogados en Coruña Abogados en Santiago de Compostela Abogados en Ourense Abogados en Zaragoza abogados en Lleida Abogados en Leon Abogados en Gijon Abogados en Valladolid Abogados en Bilbao Abogados en Almeria Abogados en Albacete Abogados en Girona Abogados en Malaga Advocats Lleida Abogados en Ponferrada Abogados en Sevilla abogados en Cadiz abogados en cordoba abogados en jaen abogados en granada abogados en algeciras abogados en Pamplona abogados en teruel abogados en Huesca Abogados en Almendralejo Abogados en Badajoz Abogados en Ciudad Real abogados sabadell Procuradora Procuradora de Tenerife Nuevo DNI electrónico LSSI programas
Lo + visto
¿Cómo se puede realizar una Declaración de Herederos?
¿Qué documentos son necesarios para solicitar el divorcio?
¿Cuáles son las características principales de la adopción?
Cita previa Dni electrónico
Ley de Arrendamientos Urbanos
Ley sobre tráfico de circulación de vehículos a motor y seguridad vial
Colegio de Abogados de Toledo
Novedades
Despacho de Abogados - Alcalá de Henares - Madrid - SERRANO ABOGADOS Y ASOCIADOS
Litiscan Abogados
Abogados y asesoria- León- BUFETE & GESTION
Navarro Abogado. Despacho de abogados en Barcelona
JAVIERSANCHEZABOGADOS
DESPACHO DE ABOGADOS
ABOGADOS VEA
v01.99:0.13
GestionMax
novedades   contacto   política privacidad   buscador   mapa web   

Produce ilatina software, s.l. - NIF.B-24.284.622 - Desarrolla Productos web, s.l. - posicionamiento en buscadores
Ilatina Softwares S.L. - adelgazar-dietas.es/