Este acogimiento se ejerce por la persona o personas que sustituyan al núcleo familiar del menor (denominados como "familia de acogida"). En los últimos años, los datos estadísticos oficiales advierten un progresivo incremento en la aceptación de esta figura, lo que, desde las Administraciones Públicas se valora como un dato muy favorable para el desarrollo adecuado de los menores.
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08/05/2006
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