Usuario - - Acceso de usuarios
Viernes - 06.Diciembre.2024

cartuchos tinta toner
Despachos de abogados y colegios de abogacía
Publicidad en Abogados
Necesita un abogado
Nuestro directorio
abogados en España Abogados
Galicia Castilla y Leon
Abogados en Galicia Galicia
Abogados de Extremadura Extremadura
Andalucia Andalucia
Murcia Murcia
Comunidad Valenciana Madrid
Castilla-La Mancha Castilla-La Mancha
Cataluña Cataluña
Cantabria Cantabria
Pais Vasco Pais Vasco
Aragon Aragon
Asturias Asturias
Navarra Navarra
Abogados de la comunidad Valenciana Comunidad Valenciana
Abogados de Ceuta Ceuta
Abogados en Melilla Melilla
Abogados de La Rioja La Rioja
Abogados en Islas Baleares Baleares
Abogados en Islas Canarias Canarias
Colegio de abogados de España Colegios abogados
Colegios de procuradores en España Colegios procuradores
Consejos autonomicos de procuradores Consejos de procuradores
Legislacion española
Legislacion y derecho administrativo Derecho administrativo
Legislacion y derecho informatico Derecho informatico
Legislacion española y derecho penal Derecho Penal
Legislacion española y derecho civil Derecho civil
Legislacion, derecho civil y derecho de familia Derecho de familia
Legislacion, derecho civil y derecho hipotecario Derecho hipotecario
Legislacion, derecho civil y derecho notarial Derecho notarial
Legislacion, derecho civil y derechos reales Derechos reales
Legislacion, derecho civil y propiedad horizontal Propiedad horizontal
Legislacion, derecho civil y registro civil Registro civil
Legislacion, derecho civil y derecho de sucesiones Derecho de sucesiones
Legislacion, derecho civil y derecho inmobiliario Derecho inmobiliario
Legislacion, derecho civil y registro de la propiedad Registro de la propiedad
Legislacion y derecho internacional Derecho internacional
Legislacion española y derecho procesal Derecho procesal
Legislacion española y derecho comunitario Derecho comunitario
Legislacion española y derecho laboral Derecho laboral
Legislacion y derecho tributario Derecho tributario
Legislacion española y derecho constitucional Derecho constitucional
Legislacion española y derecho mercantil Derecho mercantil
Universidades
Preguntas frecuentes
Diccionario juridico
Proveedores
Noticias

Ley por la que se da nueva redacción al Artículo 16 de la Ley del Registro Civil

ver las estadisticas del contenido enviar a un amigo

Título: LEY 4/1991, de 10 de enero, por la que se da nueva redacción al Artículo 16 de la Ley del Registro Civil. 
Nº de Disposición: 4/1991
Fecha Disposición: 10/1/1991
Órgano Emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Número BOE:  10/10
Fecha Publicación: 11/1/1991  


Juan Carlos I rey de Espana
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: que las cortes generales han aprobado y yo vengo en sancionar la
siguiente ley:
Prámbulo
La extensión de la asistencia sanitaria a diversos grupos sociales por la
seguridad social viene produciendo un incremento constante de casos en que los
nacimientos se producen en centros sanitarios situados generalmente en ciudades
o localidades distintas de aquellas en que los padres tienen su domicilio o
residencia habitual.
Tales nacimientos, por disposición del artículo 16 de la ley de 8 de junio de
1957, que consagra el principio tradicional de competencia en función del lugar
en que acaecen, han de inscribirse siempre en el Registro Civil, municipal o
consular, correspondiente a dicho lugar. la realidad es que no siempre se hace
así, bien por ignorancia de la norma, o bien por el deseo de los padres de
inscribir sus hijos en el registro civil que corresponde a sus domicilios para
tener, así, mayor facilidad en la obtención de las certificaciones de los
asientos respectivos.
Ello lleva consigo que tales nacimientos queden muchas veces sin inscribirse,
teniendo que acudir mas tarde al tramite del expediente de inscripción fuera de
plazo, siempre mas complicado y oneroso, y que otros se inscriban, o se intenten
inscribir en el registro del domicilio o residencia habitual acudiendo a
subterfugios como el de obtención de certificaciones medicas de favor en las que
se haga constar que se han producido en ellos los nacimientos y no en el lugar
en que verdaderamente han acaecido, burlando así, cuando se consigue el fin
propuesto, el principio de competencia territorial sancionado en el artículo 16,
párrafo primero, de la ley citada y reguladora del registro civil.
La misma situación se da o puede darse cuando los nacimientos ocurren en el
curso de un viaje.
En consecuencia, y para ajustar la norma a la realidad social imperante, parece
conveniente modificar la misma en el sentido de hacer posible que la inscripción
de los nacimientos dichos pueda hacerse, bien en el Registro del lugar en que se
producen, bien en el del domicilio o residencia habitual de los padres cuando
fueren distintos de aquel y los tuvieren en España.
Hacerlo así produciría, además, un alivio en el trabajo de aquellos registros
civiles sitos en las ciudades o lugares en que están ubicados los centros
sanitarios en que acaecen los nacimientos, pues se evitaría la practica de
actuaciones que serian innecesarias como sucede cuando hay que acudir a pedir el
traslado de los asientos de inscripción a otro registro distinto del
correspondiente al del territorio en que se han producido, evitando también con
ello las molestias y gastos que han de soportar los interesados al tener que
acudir generalmente, para formular sus pretensiones al respecto, a los servicios
de agencias o profesionales del derecho.
Artículo único
el articulo 16 de la Ley del Registro Civil quedará redactado del siguiente
modo:
“artículo 16
1. Los nacimientos, matrimonios y defunciones se inscribirán en el registro
municipal o consular del lugar en que acaecen.
Si se desconoce dicho lugar, la inscripción de nacimiento o defunción se hará
en el registro correspondiente a aquel en que se encuentre el niño abandonado o
el cadáver.
Sera registro competente para la inscripción de los ocurridos en el curso de un
viaje, el del lugar en que se de termino al mismo. Si se tratare de
fallecimiento, el del lugar donde haya de efectuarse el enterramiento o, en su
defecto, el de primera arribada.
en caso de naufragio, el registro competente será el del lugar donde se
instruyan las primeras diligencias.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, los nacimientos acaecidos
en territorio español, cuando su inscripción se solicite dentro del plazo,
podrán inscribirse en el registro civil municipal correspondiente al domicilio
del progenitor o progenitores legalmente conocidos.
La solicitud se formulara, de común acuerdo, por los representantes legales del
nacido o, en su caso, por el único representante legal de este, acompañándose a
la petición la documentación que reglamentariamente se establezca para
justificar el domicilio común de los padres o del solo progenitor conocido.
En las inscripciones de nacimiento extendidas como consecuencia de lo
establecido en este apartado, se considerará a todos los efectos legales que el
lugar del nacimiento del inscrito es el municipio en el que se haya practicado
el asiento. Las certificaciones en extracto solo harán mención de este termino
municipal.>
Disposiciones Finales
primera. El gobierno modificará el reglamento de la Ley del Registro Civil en
consonancia con la redacción dada al artículo 16 de dicha ley.
segunda. La presente ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación y
será de aplicación solamente a los nacidos a partir de su vigencia.
Por tanto,
mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan
guardar esta ley.
Juan Carlos I.
El Presidente del Gobierno,
Felipe González Márquez


Compártelo:
meneame digg delicious technorati google bookmarks yahoo blinklist twitter Facebook Facebook
Vota:
Resultado:
(0 votos: promedio 0 sobre 5)
ir arriba
CONTENIDOS RELACIONADOS
ir arriba


Novedades
LEOPOLDO PONS GRUPO S.L.P.
Bacaró Abogados
Civic Abogados
Abogados Laboralistas Las Palmas
PENALTECH
PENALTECH
PENALTECH
PENALTECH
PENALTECH
Abogada penalista de Barcelona Berta Armengol Freixes
Lo + visto
¿Cómo se puede realizar una Declaración de Herederos?
¿Cuáles son las características principales de la adopción?
¿Qué documentos son necesarios para solicitar el divorcio?
¿Qué son las Litis expensas?
Despacho de abogados - Barcelona - Girona - Bufete Comunidad de Propietarios
¿Qué es la llamada guarda de hecho?
¿Qué es la tutela administrativa y cuándo se produce?
Cita previa Dni electrónico
IGNACIO MONREAL FERNANDEZ ABOGADO
Ley sobre tráfico de circulación de vehículos a motor y seguridad vial
Nube de etiquetas
Abogados en Valencia Abogados en Pontevedra abogados en granada abogados en Las Palmas de Gran Canaria Abogados en Barcelona Abogados en Valladolid Abogados en Malaga Abogados en Badajoz abogados en jaen Abogados en Almeria Abogados en A Coruña Abogados en Alicante abogados en cordoba abogados en Cáceres abogados en Huesca abogados en Castellon Abogados en Vigo abogados en Cadiz Abogados en Sevilla Abogados en Lugo
Ultimos Comentarios
anónimo dijo...
como puedo adjuntar la direción de mi web https://mfabogadostui.com/ a mi registro del colegio de abogados ? ... en Colegios de Abogados de Pontevedra
anónimo dijo...
Muy buen servicio, rapido, barato y de calidad ... en Jaundel
juanpedromonreal53@gmail.com dijo...
D Pedro Monreal, stro. Caser. Vds gestionaron siniestro, aunque no se puso demanda contra la Comunidad. Ruego, si les es posible, me envíen copia de la tasación del perito de Caser, aunque tengamos qu... en Abogados Andugar Carbonell
anónimo dijo...
Pedro Monreal Herrero. Stro. Caser. Fecha 18/08/2018 Desprendimiento en baño. Vds. Iban a presentar demanda. Al final no fue así, pero no hay arreglo amistoso. Les rogaría me facilitaran copia de la... en Abogados Andugar Carbonell
anónimo dijo...
La Cía. Caser les encargo la gestión de un stro, a nombre de D. Pedro Monreal Herrero., un desplome en una vivienda, él caso se archivo, pero queda por abonar lbase del daño, él techo que se desplomo.... en Abogados Andugar Carbonell
anónimo dijo...
Urgentemente. Tenemos que presentar una apelación ante el Tribunal  en Donostia y presentar una queja ante el Tribunal constitucional de España ... en Yániz abogados Vitoria
Raúl dijo...
Lara ha sido la abogada en Valladolid que ha llevado mi caso de despido y ha sido todo un éxito contar con ella. Ha conseguido el mejor acuerdo posible que se podía. ... en Abogados Valladolid GAIA
anónimo dijo...
magnifico despacho de abogados en granada ... en F&F ABOGADOS Y ASESORES GRANADA
anónimo dijo...
La descripción es incorrecta, RAVELO Y ASOCIADOS no tiene nada que ver con SERGIO RAVELO ABOGADOS. El nombre y la dirección es correcto, pero el texto no. ... en Ravelo y Asociados Abogados
anónimo dijo...
Una tutela delegada a un director de centro... habilita a este director para abrirle al menor una cuenta en un banco? ... en ¿Qué es la llamada guarda administrativa?
anónimo dijo...
Hola te ofrecemos marketing o publicidad para tu despacho, tenemos un montón de clientes esperando por ti. para mayor información rafalejandro85@gmail.com ... en PERITOS CALIGRAFOS- ZARAGOZA
anónimo dijo...
mejor abogado penalista en granada ... en F&F ABOGADOS Y ASESORES GRANADA
anónimo dijo...
EL MEJOR ABOGADO EN GRANADA ... en F&F ABOGADOS Y ASESORES GRANADA
anónimo dijo...
Les contrate para un asunto legal y no estoy nada contento con su trabajo, no me siento ni representado ni justa mente defendido. Mal. ... en PRODIS ABOGADOS
anónimo dijo...
Bufete muy rapido en contestar, no es barato pero ofrece un buen servicio ... en BUFETE DE ABOGADOS SCARANTE
anónimo dijo...
Excelente profesional. Me solucionó rápidamente mi caso con la máxima eficacia. ... en Abogada Dolores Quintana Hidalgo
yustevillegas1 dijo...
Direccion actual calle de la Rioja, 8. Entreplanta, puerta 1. 03501-BENIDORM Teléfono 657094378 ... en Yuste & Villegas Consultores-ABOGADOS
anónimo dijo...
Dear sir, my name is Rita Smith,I was married to Mr Louis Smith who resides in your jurisdiction(Spain). I would like you to represent me in a pending divorce case. Kindly get back to me if you ca... en Carolina Domínguez
anónimo dijo...
Gracias por la info, es muy bueno tomarlo en cuenta, ya que muchas veces no tomamos las oportunidades que se nos presentan, yo solicite un préstamo personal y con mucho sacrificio ya soy autosuficient... en LOS BANCOS Y EL PARO - ECONOMIA DESDE SANTA FE
Rodrigo2018 dijo...
Buenos días, como socio fundador del bufete Comunidad de Propietarios, les agradecemos el interés en los servicios del despacho. Podemos decir con satisfacción que cerramos con éxito el 95% de casos, ... en Despacho de abogados - Barcelona - Girona - Bufete Comunidad de Propietarios
v02.15:0.14
GestionMax
novedades   contacto   política privacidad   buscador   mapa web   

Produce ilatina software, s.l. - NIF.B-24.284.622 - Desarrolla Productos web, s.l. - ilatina
Ilatina Softwares S.L. - adelgazar-dietas.es/